Hace unos días escribí en Negocios Abiertos una entrada sobre como los modelos de negocios obsoletos de las industrias culturales puede traer formas represivas y violatorias de derechos ciudadanos fundamentales. El mismo punto creo que vuelve a aparecer en la nota de La Nación “En Italia, prohiben a las empresas monitorear las redes P2P“. Según la nota:
“(EFE).- La Autoridad italiana para la Protección de la Privacidad determinó que las empresas no podrán realizar actividades de control sobre los usuarios de Internet, para averiguar si estos intercambian archivos de música o juegos, informan los medios locales. Esta conclusión es el resultado de la investigación abierta por dicho organismo sobre la compañía discográfica Peppermint, que contrató los servicios de una firma suiza para vigilar las redes peer to peer de intercambio gratuito de archivos a través de la Red.”
Más allá de las descargas ilegales y de los pánicos morales locales, me pregunto, ¿cuántas de estas prácticas son altamente violatorias de los derechos de los usuarios? ¿Habrá juicios contra las empresas, asociaciones y/o responsables de estos monitoreos y prácticas delictivas?
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